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Los ases bajo la manga que sacó la Fiscalía para pedir que Miguel Quintero vaya a prisión y que no siga en casa por cárcel: "Es un riesgo"

La Fiscalía pidió que Miguel Quintero sea recluido en un establecimiento carcelario pues se cumpliría lo exigido en la ley para dicha decisión.

A Miguel Quintero le impusieron medida de aseguramiento domiciliaria por el desfalco en el AMVA. Foto: archivo

A Miguel Quintero le impusieron medida de aseguramiento domiciliaria por el desfalco en el AMVA. Foto: archivo

Este 5 de octubre, la Fiscalía apeló la decisión con la que el Juzgado 27 Penal Municipal con función de control de garantías de Medellín impuso, el pasado viernes, medida de aseguramiento domiciliaria contra Miguel Quintero, hermano del exalcalde Daniel Quintero, a quien señaló como el determinador del "plan criminal" para apropiarse de 2.481 millones de pesos del Área Metropolitana del Valle de Aburrá, AMVA.


La fiscal delegada pidió revocar parcialmente la providencia y ordenar la reclusión en establecimiento carcelario.


El recurso deja en pie dos conclusiones. La primera es que se cumplió el requisito objetivo, porque los delitos imputados son investigables de oficio y su pena mínima supera los cuatro años.


La segunda es que la libertad de Quintero Calle representaba un peligro para la seguridad de la comunidad.


Para llegar ahí, el despacho dio por acreditado que, entre 2020 y 2023, se desplegó una secuencia de actuaciones que terminó en seis contratos entre el AMVA y el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Itagüí.


También valoró la contabilidad paralela hallada en un allanamiento y los grupos de WhatsApp en los que se hablaba de nombramientos y salidas de funcionarios.


Los reparos, sin embargo, apuntaron a la naturaleza de la medida y a la decisión de descartar el riesgo de obstrucción de la justicia.


Idoneidad y necesidad de la detención domiciliaria contra Miguel Quintero

El primer argumento de la Fiscalía partió de las propias premisas del juez. Si el peligro reconocido es la reiteración de la conducta, la pregunta relevante, dijo la fiscal, "es cómo se ejecutó".


Según lo avalado, Quintero no tenía oficina ni contrato en el Área Metropolitana. "Su intervención se habría dado por canales de comunicación, en grupos de WhatsApp en los que lo identificaban como 'Mister M' y 'nuestro jefe' y mediante intermediarios", precisó la fiscal.


Citó además el interrogatorio de Misael Alberto Cadavid Jaramillo, quien afirmó que "Quintero ordenó que las entregas de dinero se hicieran en adelante a Sebastián de Dios Ortega Durán y no más a Álvaro Villada".


Con ese relato, la Fiscalía sostuvo que la casa por cárcel "restringe únicamente la libertad de locomoción y deja intactos la comunicación y los terceros, que fueron los medios de ejecución".


Aseguró que en un establecimiento de reclusión las visitas se registran y las comunicaciones siguen un "régimen reglado". En el domicilio, por otra parte, las autoridades verifican que el imputado permanezca allí, pero carecen de medios para saber quién lo visita, con quién se comunica y qué instrucciones transmite.


"El problema es con quién puede comunicarse y a través de quién puede actuar", resumió la fiscal.


Las condiciones impuestas por el juez, como abstenerse de contactar testigos o de intervenir en contratación pública, dependen, según la fiscal, "de la voluntad del obligado y carecen de mecanismo de verificación". Además, Ortega Durán, señalado como receptor del dinero, no fue cobijado con medida privativa de la libertad, aunque su situación se discute en un recurso aparte.


De acuerdo con la Fiscalía, la jurisprudencia dejó sin explicar por qué la residencia bastaba para impedir contactos con servidores públicos o instrucciones por interpuesta persona.


Añadió que la ley excluye la domiciliaria en el peculado por apropiación superior a 50 salarios mínimos, y que la Corte Constitucional permitió excepciones cuando se fundamenta en concreto que la medida cumple sus fines, sustentación que, a su juicio, falta en este caso.


El riesgo de obstrucción de Miguel Quintero que descartó el juez

El juez descartó el riesgo de obstrucción de la justicia de Quintero al considerar que se apoyaba sobre todo en "informes de prensa, publicaciones en redes, documentos sobre conflictos de pareja y la mención de unas iniciales".


La fiscal afirmó que el despacho agrupó bajo un mismo calificativo elementos de naturaleza distinta, olvidando registros oficiales e información legalmente obtenida que, en su criterio, la decisión dejó sin examen individual. Lo llamó un "falso juicio de existencia por omisión".


Se refirió a la visita, específicamente, de Germán Osorio en Pedregal a Misael Cadavid. Este —quien reconoció que recibió 48 cheques por casi 1.000 millones de pesos de la red de corrupción para que los cambiara por efectivo— lo visitó el 14 de noviembre de 2025, junto con dos abogados, haciéndose pasar como un tío, cosa que era falsa.


Para la Fiscalía es la persona que materialmente sacaba el dinero, y su ingreso al testigo de cargo bajo una categoría de parentesco es un registro oficial que el juez no valoró.


Los otros reclamos de la Fiscalía

La fiscal aseguró que el juez no habría valorado el acceso a información reservada del expediente de Miguel Quintero. Recordó que un usuario consultó y descargó la información de la actuación más de 200 veces, por fuera del descubrimiento probatorio. La fiscal aclaró que no señaló a ningún funcionario en particular y que habría indicios de que esa información pudo terminar en el círculo cercano de Quintero.


Por otro lado, reiteró los ofrecimientos que, a través de terceros, al testigo, le habrían hecho a Misael Alberto Cadavid. Este denunció que Sebastián Ortega le habría ofrecido un cupo en una cárcel de La Estrella por 400 millones de pesos y los servicios de dos abogados, propuestas que rechazó.



Recordó que varios abogados lo visitaron para disuadirlo de hablar y que, según Cadavid, el excontralor "Sergio Zuluaga le aconsejó no acogerse al principio de oportunidad". Incluso, se compulsaron copias por un posible soborno. La fiscal admitió que parte de las 17 visitas eran de asesoría legítima, pero señaló que eso no explica el ingreso de Osorio ni los ofrecimientos de Ortega.


Los ofrecimientos a la familia de Cadavid

Según la Fiscalía, el 5 de julio de 2026 un abogado se reunió con la expareja de Misael Cadavid, cerca de un centro comercial en Llanogrande, tras buscarla de manera insistente durante cerca de 15 días.


De acuerdo con la declaración jurada de Cadavid, llevaba un mensaje de "SO" y "MQ" y le ofreció dinero a cambio de información en contra del testigo.


Ese abogado habría estado vinculado a la Alcaldía de Medellín durante la administración de Daniel Quintero, por gestión de Sebastián Ortega Durán. La fiscal reconoció que el encuentro llega al proceso por referencia.


La delegada también vio una contradicción en la decisión de primera instancia.


El juez le habría creído a Cadavid para acreditar el peligro que representa Quintero, con el respaldo de otras dos versiones obtenidas en principios de oportunidad, pero "le restó crédito cuando el testigo relató los acercamientos que dice haber recibido".


Concluyó que si el juez aceptó que Quintero actuaba por interpuesta persona, dijo, pedir prueba de su intervención directa es reclamar algo casi imposible.


Por eso pidió al juez penal del circuito revocar parcialmente la decisión del 2 de octubre de 2026 y ordenar que Miguel Quintero cumpla la detención preventiva en una cárcel.



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