Casa por cárcel para Miguel Quintero por el desfalco del Área Metropolitana: estará privado de la libertad mientras avanza el proceso
Este 2 de octubre un juez con función de control de garantías cobijó a Miguel Quintero, hermano del excalde Daniel Quintero, con medida de aseguramiento.

Este 2 de octubre culminó la audiencia de solicitud de medida de aseguramiento contra Miguel Quintero, hermano del exalcalde Daniel Quintero. Fotos: tomadas de redes sociales
Luego de más de dos meses de ires y venires, por fin se definió la suerte de Miguel Quintero. Este viernes, el juez 27 penal municipal con función de control de garantías decidió que el hermano del exalcalde de Medellín, Daniel Quintero, deberá defenderse de las acusaciones que le hizo la Fiscalía privado de la libertad. Esto por ser el presunto "determinador" del desfalco de 2.481 millones de pesos del Área Metropolitana del Valle de Aburrá, AMVA.
A Quintero le imputaron los delitos de interés indebido en la celebración de contratos y peculado por apropiación agravado por supuestamente haberse quedado con el 10 % de las coimas que se consiguieron a través de la firma de seis contratos entre esa entidad y el Cuerpo de Bomberos de Itagüí. Esto equivaldría, según la Fiscalía, a 1.654 millones de pesos.
Aunque el ente acusador había pedido cárcel porque consideraba que todavía tenía el "poder y la influencia" para interferir en el proceso, el juez consideró que no se cumplieron dos de los tres requisitos para tomar esa decisión.
El despacho sustentó la medida en el riesgo que representa la libertad de Quintero para la sociedad, uno de los fines constitucionales que contempla el artículo 308 del Código de Procedimiento Penal para justificar una restricción a la libertad.
Señaló que el Área Metropolitana del Valle de Aburrá es una entidad que "debe atender los intereses y necesidades de los municipios que la integran, y que las circunstancias expuestas durante la audiencia evidenciaron una afectación sobre su funcionamiento".
Eso, precisamente, expuso el juez, justificaba adoptar la medida de aseguramiento de manera provisional, con el fin de proteger el interés colectivo mientras se resuelve la situación jurídica del procesado.
El juez fue claro en separar ese fundamento con los otros dos invocados tanto por la Fiscalía como por el apoderado del Área Metropolitana durante las semanas de audiencia.
Frente al riesgo de obstrucción a la justicia, indicó que no encontró elemento material probatorio que le permitiera inferir que Quintero hubiera intentado presionar testigos o interferir en el proceso.
Mencionó puntualmente las visitas que recibió el testigo estrella de la Fiscalía, Misael Cadavid, mientras estuvo privado de la libertad, y concluyó que en ninguna de ellas se pudo acreditar como una maniobra orientada a modificar su versión.
También se refirió a los chats atribuidos a la expareja sentimental de Cadavid, frente a los cuales consideró que no existe soporte suficiente para construir a partir de ellos un señalamiento de obstrucción contra el procesado.
Para el juez tampoco habría riesgo de que Miguel Quintero no comparezca en el proceso
En la misma línea, descartó el riesgo de no comparecencia. El juez explicó que no halló en el expediente ningún elemento que indicara una intención de Quintero de evadir el proceso o evitar la acción de la justicia.
Así las cosas, para él, tampoco quedó demostrada dentro de los argumentos con los que se pretendieron que lo recluyeran en un centro penitenciario.
El juez explicó que la libertad es un "derecho que merece un trato cuidadoso" y que, por el principio de gradualidad, antes de imponer la medida más gravosa correspondía valorar si una alternativa menos restrictiva lograba los mismos fines.
Bajo ese criterio, determinó que Quintero cumplirá la medida desde su residencia, sin poder abandonarla, bajo vigilancia las 24 horas del día, los siete días de la semana.
El despacho señaló, además, que no podrá comunicarse con determinadas personas entre estas testigos o cualquiera que pueda interferir en el proceso. Solo podrá hacerlo con sus abogados y familiares y, en cuanto a salidas prescritas en la ley, deberán solicitarse con antelación, entre estas, las citas médicas cuando estas sean necesarias.
Sebastián Ortega podrá defenderse en libertad
En el caso de Sebastián Ortega, el juez decidió no imponerle ninguna medida privativa de la libertad. La solicitud de cárcel para él provino del apoderado del Área Metropolitana, entidad reconocida como víctima en el proceso, cosa que no hizo la Fiscalía.
El despacho optó por sujetarlo a otras obligaciones no privativas como, por ejemplo, prohibirle salir del país mientras continúe el proceso.

Con la medida domiciliaria en firme, la Fiscalía y el apoderado del AMVA anunciaron que apelarán la decisión tomada este viernes, por lo que tendrán una última oportunidad para justificar las razones para que Miguel Quintero vaya a una cárcel y no a su casa.
Para ello se reprogramó la audiencia para el próximo lunes, 5 de octubre, donde las partes podrán presentar los reparos que ni la defensa de Quintero ni la de Ortega tuvieron.