En las próximas horas se expediría la orden de detención domiciliaria contra Álvaro Uribe: buscan frenarla con tutelas, ¿es posible?
Aquí lo que solicita la defensa y el Centro Democrático en las acciones de tutela. Pese a esto y a los argumentos esgrimidos es casi imposible que se revoque la detención domiciliaria.

Con dos acciones de tutela pretender frenar la orden de detención domiciliaria del expresidente Álvaro Uribe Vélez. Foto: Archivo y redes sociales
Luego de que la jueza 44 Penal el Circuito de Conocimiento de Bogotá, Sandra Heredia, ordenara que el expresidente Álvaro Uribe deberá pagar la condena de 12 años de prisión por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal en su lugar de residencia, se espera que en las próximas horas el Centro de Servicios Judiciales de Rionegro, municipio donde reside, emita la boleta de encarcelación.
Aunque la jueza Heredia dijo el día del juicio que esta se debería llevar a cabo de manera inmediata, este proceso no se realizó este fin de semana por lo que se podría hacer efectiva en la próximas horas.
Ante ello, la defensa del expresidente, en cabeza del abogado Jaime Granados, interpuso una acción de tutela con la que buscan que el Tribunal Superior de Bogotá controvierta la orden de la jueza.
“Trasgredió de forma grave los derechos fundamentales a la dignidad humana, debido proceso, presunción de inocencia y libertad del doctor Álvaro Uribe Vélez, al haber ordenado la privación de su libertad de forma inmediata a pesar de que la condena proferida, en su contra, no se encuentra en firme, acto que se desarrolló bajo graves vicios de motivación y en claro desconocimiento de su presunción de inocencia, tornando su detención en arbitraria y contraria a la dignidad humana”, indicaron en la tutela.
En la misma solicitan que se suspenda provisionalmente la orden de detención y que, si esta ya se ha llevado a cabo, se restablezca inmediatamente su libertad. Por otro lado se pide que se “declare que el Juzgado 44 Penal el Circuito de Conocimiento de Bogotá trasgredió los derechos fundamentales a la dignidad humana, el debido proceso, la presunción de inocencia y la libertad del doctor Álvaro Uribe Vélez”.
El Centro Democrático también interpuso una acción de tutela
Por su parte, el partido Centro Democrático también interpuso una acción de tutela. Según la colectividad el fallo iría en contravía de "garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales del partido Centro Democrático (hoy partido declarado de oposición al gobierno nacional) y del afectado, quien es fundador, expresidente y líder natural de nuestra colectividad".
"Particularmente, por la vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso (Art. 29 CP), Derecho a la libertad personal (Art. 28 CP), Derecho a la igualdad y no discriminación (Art. 13 CP), Derecho a la participación política (Art. 40 CP), Derecho a la oposición", indicaron.
Esto fue lo que dijo Álvaro Uribe en el recurso de apelación
En la sustentación del recurso de apelación, presentado el mismo 1 de agosto por el expresidente Álvaro Uribe Vélez, criticó la decisión de la jueza.
“El fallo insinúa que debía ir a la cárcel por ser una persona con econocimiento internacional y con posibilidad de fuga (...) el fallo arbitrariamente me niega la posibilidad de estar en libertad mientras el tribunal resuelve el recurso de apelación”, dijo Uribe.
Añadió que otro de los argumentos esgrimió la juez es que dejarlo en libertad podría generar violencia.
“Esos señalamientos han producido muchos mártires en Colombia. Nuestro compañero Miguel Uribe, opositor serio, estudioso, joven, que no tiene ningún antecedente de promoción de violencia, un gran demócrata con sinceridad y carácter, lucha hoy por salvar su vida porque fue víctima de un atentado de magnicidio terrorista (…) Ese atentado fue en alguna forma causado por los señalamientos que se le hacían desde el alto gobierno aliado de esta sentencia”, denunció
¿Van a lograr que Uribe Vélez se defienda en libertad?
Pese a lo dicho a las acciones de tutela de su defensa y su partido, para el abogado Santiago Tobón es casi imposible que se le conceda la libertad. Esto al menos hasta el fallo de segunda instancia.
Primero, por los tiempos. Según Tobón el Tribunal Superior de Bogotá, que es el primero en revisar esa acción de tutela, tiene 10 días para tomar una decisión. Si es una negativa o se declaran impedidos, le corresponderá a la Corte Suprema de Justicia definirla. Esto serían otros 10 días, lo que lo deja al límite del tiempo que tiene el tribunal para definir el fallo en segunda instancia.
“El artículo 450 de Código Procedimiento Penal faculta al juez de primera instancia para emitir orden de encarcelamiento, bien sea cuando declare el sentido del fallo o cuando emita la sentencia de primera instancia”, indicó.
Añadió que en cualquier momento el Centro de Servicios Judiciales de Rionegro recibirá la orden y se llevará a cabo la detención de manera inmediata.
Aclaró que eso no significa que vaya haber guardias del Inpec en su finca o que vayan a ponerle un brazalete. La verificación, según Tobón, se hará por llamadas o visitas ocasionales para corroborar que se esté cumpliendo con lo ordenado por la jueza.