Juzgado pone límite a los bombardeos: Gobierno deberá suspenderlos si hay información sobre menores reclutados
La medida es provisional y aplica cuando exista información verificable sobre menores en el objetivo. Antes de una operación deberán evaluarse medidas de protección y alternativas menos lesivas.

La restricción aplica si hay información verificable sobre menores en el objetivo militar. Foto: cortesía
Los bombardeos contra grupos armados deberán detenerse cuando las autoridades tengan información verificable sobre la presencia de menores reclutados o utilizados en el lugar del ataque.
La orden proviene del Juzgado 34 de Familia de Bogotá. El despacho adoptó una medida provisional mientras estudia una tutela sobre la protección de menores reclutados por grupos armados.
La decisión no suspende de manera general las operaciones aéreas ofensivas. La restricción aplica cuando exista información “cierta, objetiva o razonablemente verificable” sobre la presencia de menores en el objetivo militar.
En esos casos, las autoridades deberán abstenerse de ejecutar el ataque. Primero tendrán que adoptar y verificar las medidas de precaución y protección necesarias.
Además, deberán revisar las alternativas disponibles antes de proceder. El juzgado exige determinar si existe una opción menos lesiva para alcanzar el objetivo militar.
La orden cobija a la Presidencia, el Ministerio de Defensa, el Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada.
El juzgado también exigió el cumplimiento inmediato de la determinación. Para ello, las autoridades deberán observar los principios de distinción, precaución y proporcionalidad.
La decisión también pone por delante el interés superior y la prevalencia de los derechos de niños, niñas y adolescentes.
La decisión llega tras la muerte de menores en Guaviare
El pronunciamiento judicial se conoce después de una reciente operación contra una estructura de las disidencias de alias ‘Calarcá’ en Guaviare.
El Ministerio de Defensa informó el pasado 31 de agosto que la ofensiva estuvo dirigida contra una estructura del Bloque Jorge Suárez Briceño.
El operativo conjunto de las Fuerzas Militares y la Policía dejó diez integrantes de la organización muertos y uno capturado.
Posteriormente, Medicina Legal estableció que tres de las personas fallecidas eran menores de edad.

Durante la misma operación, las autoridades recuperaron a otro menor. Según el Ministerio de Defensa, se encontraba en “función continua de combate”.
Después de su recuperación, las entidades competentes iniciaron el proceso para restablecer sus derechos.
Tras conocerse la edad de tres de los fallecidos, el Ministerio sostuvo que todos se encontraban en condición de combatientes. También aseguró que la operación cumplió los estándares legales.
El Gobierno rechazó además el reclutamiento y utilización de niños y adolescentes por parte de estructuras armadas. Calificó esta práctica como una grave violación al Derecho Internacional Humanitario y un crimen de guerra.
Por ahora, la orden del Juzgado 34 de Familia no constituye una decisión definitiva sobre la tutela. La restricción permanecerá vigente hasta que el despacho profiera un fallo de fondo.
Mientras tanto, las autoridades deberán suspender las operaciones aéreas cuando tengan información verificable sobre menores reclutados o utilizados en los objetivos.