Juez levanta suspensión de bombardeos y redefine el alcance de las operaciones militares donde haya menores
La decisión permite retomar las operaciones aéreas ofensivas, aunque establece mayores precauciones cuando exista información sobre menores reclutados en la zona del ataque.

La decisión mantiene los controles frente a este tipo de ataques y, además, incorpora medidas de precaución adicionales. Foto: cortesía
Los bombardeos contra objetivos militares podrán retomarse en el país. El Juzgado 34 de Familia de Bogotá levantó la medida que había restringido temporalmente estas operaciones y definió las condiciones que deberán tener en cuenta las Fuerzas Militares antes de ejecutarlas.
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La decisión no elimina los controles sobre este tipo de ataques. Por el contrario, establece precauciones adicionales cuando exista información sobre la posible presencia de niños, niñas o adolescentes reclutados por grupos armados.
Hasta ahora, la medida provisional ordenaba abstenerse de realizar ataques aéreos cuando existiera información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre menores en el lugar. Esa restricción desaparece con el fallo de fondo.
Esto significa que la posible presencia de menores reclutados no impedirá por sí sola un bombardeo. Sin embargo, antes de autorizarlo, las Fuerzas Militares tendrán que reforzar las verificaciones y evaluar las condiciones particulares de cada operación.
Entre otros aspectos, deberán analizar la información de inteligencia disponible, establecer los posibles riesgos y determinar si existen otras alternativas para alcanzar el objetivo militar reduciendo el peligro para quienes tienen protección especial.
¿Qué cambia con la decisión?
Uno de los puntos centrales del fallo está relacionado con los menores reclutados por organizaciones armadas. El juzgado señala que deben ser reconocidos como víctimas de reclutamiento y que encontrarse dentro de un campamento no los convierte automáticamente en objetivos militares.
Por eso, cuando exista información sobre su presencia, las autoridades tendrán que extremar las precauciones durante la planeación y antes de decidir si ejecutan el ataque.
La discusión llegó a los tribunales después de un bombardeo realizado el 27 de agosto en Guaviare contra una estructura de las disidencias de las Farc. Medicina Legal informó posteriormente que tres menores de edad murieron durante esa operación.

Tras ese caso, el Juzgado 34 de Familia adoptó el 2 de septiembre una medida cautelar que restringió temporalmente los ataques aéreos bajo determinadas circunstancias, mientras tomaba una decisión de fondo.
Ahora esa suspensión queda levantada. En la práctica, los bombardeos continúan dentro de las operaciones que pueden adelantar las Fuerzas Militares contra objetivos legítimos, pero cada ataque deberá cumplir las reglas del Derecho Internacional Humanitario y las precauciones establecidas para proteger a la población civil y a los menores reclutados.