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El trabajador de un local en Bello que le quitó el arma a uno de los ladrones y les disparó, ¿podría terminar en la cárcel por homicidio?

Las autoridades avanzan en la investigación de la balacera registrada en Bello para establecer si la reacción del implicado se enmarca en la legítima defensa o en un posible homicidio doloso. El hecho ocurrió en la noche del 7 de abril en el sector de Niquía.

El hecho ocurrió la noche del 7 de abril en Niquía, cuando dos hombres armados ingresaron a un local de tatuajes. Foto: cortesía.

El hecho ocurrió la noche del 7 de abril en Niquía, cuando dos hombres armados ingresaron a un local de tatuajes. Foto: cortesía.

La investigación sobre la balacera en Bello determinará si se trata de un caso de legítima defensa o, si por el contrario, podría configurarse el delito de homicidio doloso.


El hecho ocurrió la noche del 7 de abril en Niquía, cuando dos hombres armados ingresaron a un local de tatuajes.


Allí amenazaron a varias personas y uno de ellos apuntó a la cabeza del trabajador.


El hombre reaccionó, forcejeó con los atacantes y logró quitarles la pistola, lo que frenó el robo en ese momento.


Minutos después, los presuntos delincuentes regresaron para recuperar el arma y luego intentaron huir en motocicleta.


El trabajador salió tras ellos y disparó en repetidas ocasiones mientras escapaban. Los impactos hicieron que ambos cayeran; uno murió por un disparo en el tórax y otro resultó herido.


El abogado Iván Durango explicó que la ley permite defenderse ante una agresión injusta.


“Se trata de una autorización excepcional para usar fuerza letal frente a una agresión injusta”, precisó.


Sin embargo, el hecho de que la víctima de hurto les hubiera disparado cuando, aparentemente los ladrones ya no eran una latente amenaza podría cambiar el rumbo de la investigación.


“Esa agresión debe ser inminente para crear esa necesidad de defensa”, explicó Durango sobre los requisitos legales.


Legítima defensa: el escenario en el que podría configurarse un homicidio doloso

La legítima defensa exige que la reacción ocurra en medio de un peligro actual, no cuando la amenaza desaparece.


Durango advirtió que ese detalle resulta determinante para definir si hubo o no un exceso en la respuesta.


“El juez debe analizar los medios utilizados y la proporcionalidad frente al bien jurídico protegido”, afirmó.


Si se comprueba que los agresores ya huían, el uso de la fuerza letal podría perder sustento jurídico dentro de esa figura.


Ahí aparece el riesgo principal para quien disparó: que la conducta se interprete como un acto por fuera de la defensa.


“Si no existe legítima defensa, la Fiscalía podría imputar homicidio doloso, incluso agravado”, aseguró el abogado.


Ese delito implica que la persona habría actuado con intención de matar, lo que eleva la gravedad del proceso penal.



Además, la eventual agravación podría aumentar la pena, dependiendo de cómo se valoren las circunstancias del caso.


En Colombia, un homicidio simple implica una pena no inferior a 13 años de prisión, tiempo que varía según las particularidades del caso. 


El análisis incluirá la persecución, la cantidad de disparos y el momento exacto en que ocurrió la reacción.


El hombre se presentó voluntariamente ante las autoridades. También entregó un arma, un proveedor y un supresor. Ahora, será la justicia que determine la responsabilidad la víctima del robo en el hecho, ¿se defendió o los mató por qué quería hacerlo?.



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