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Corte Suprema confirma condena contra exalcalde de Envigado y exsenador José Ignacio Mesa por nexos con La Oficina

La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de 6 años de prisión contra Mesa Betancur por concierto para delinquir agravado, tras establecer sus nexos con La Oficina y las AUC.

José Ignacio Mesa Betancur, exalcalde de Envigado y exsenador de la República, deberá cumplir una pena de 76 meses de prisión por concierto para delinquir agravado. Foto: tomada de redes sociales

José Ignacio Mesa Betancur, exalcalde de Envigado y exsenador de la República, deberá cumplir una pena de 76 meses de prisión por concierto para delinquir agravado. Foto: tomada de redes sociales

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra el exalcalde de Envigado y exsenador de la República, José Ignacio Mesa Betancur, por el delito de concierto para delinquir agravado, tras demostrar que recibió apoyo de La Oficina y las AUC para ser elegido en los dos cargos.


Por eso, por sus nexos con grupos ilegales, la Sala Especial de Primera Instancia le fijó una pena de 76 meses de prisión el pasado 13 de mayo de 2025. Tras la condena, la defensa del exmandatario apeló y, este 31 de agosto, la Corte finalmente la dejó en firme.



La sentencia incluye un relato sobre la conformación de La Oficina de Envigado, el nacimiento de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) y las actuaciones del dirigente político, quien, según la providencia, se benefició del apoyo de esa organización criminal para ser elegido y puso a disposición del grupo ilegal su función como alcalde y senador.


De acuerdo con la sentencia, Mesa Betancur recibió respaldo de la estructura criminal que se impuso tras la muerte de Pablo Escobar y la derrota del Cartel de Medellín.


Según las pruebas, lo hizo primero para su campaña a la alcaldía de Envigado en 1995 y, posteriormente, para sus aspiraciones al Senado, en los periodos 1998-2002 y 2002-2006.


A cambio de ello, los jefes criminales dispusieron de poder burocrático en la administración del municipio del sur del Valle de Aburrá.


La Sala otorgó credibilidad a las declaraciones de Juan Carlos Sierra Ramírez, alias 'El Tuso', y Diego Fernando Murillo Bejarano, alias 'Don Berna', este último, el máximo cabecilla de La Oficina, extraditado a los Estados Unidos.


Según la providencia, La Oficina nació de los Pepes (Perseguidos por Pablo Escobar), organización que en su momento estuvo bajo el control de los hermanos Castaño Gil.


Tras la muerte de Escobar, Carlos Castaño ordenó cooptar combos y bandas de jóvenes en Antioquia. La Oficina empezó, entonces, a regular las actividades ilegales de esos grupos, cobraba deudas de narcotráfico y realizaba operativos contra la guerrilla.


Como parte de su estrategia de expansión, la organización financió a políticos como Mesa Betancur, quien tuvo una amistad prolongada con alias 'Danielito', otro de los jefes de la estructura criminal.


El secuestro simulado de congresistas por parte de las AUC

La sentencia también mencionó que el exsenador tomó parte, como supuesta víctima, en un plan de secuestro simulado de congresistas llevado a cabo por las AUC, con el propósito de presionar al Gobierno y lograr un espacio de negociación de paz.


"La Sala advirtió que el procesado tomó parte en la falsa retención de congresistas ordenada por el jefe paramilitar Carlos Castaño Gil (...) para conseguir que a las autodefensas las incluyeran en los diálogos que en ese entonces se adelantaban con la guerrilla", precisó la Corte.



Para la Corte Suprema, en últimas, no quedan dudas de que las pruebas demuestran que La Oficina sí aportó recursos a las campañas políticas de José Ignacio Mesa Betancur y "se acreditó también que, gracias a su dominio territorial, le aseguró caudal electoral a sus aspiraciones".


Concluyó que la condena queda en pie y que contra la misma "no procede ningún recurso", por lo tanto, Mesa Betancur deberá cumplir seis años de prisión, pagar una multa equivalente a 3.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y quedará inhabilitado para ejercer cargos públicos durante el mismo periodo.


La Sala, por otra parte, también negó la solicitud de prisión domiciliaria y la suspensión condicional de la pena.


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